Textos legales de los Certificados de Profesionalidad

Textos legales de los Certificados de Profesionalidad

Los certificados de profesionalidad y las especialidades formativas en España están regulados por una serie de textos legales que establecen el marco normativo para su desarrollo, organización y evaluación. Estos textos legales garantizan la calidad y la validez de los certificados de profesionalidad y las especialidades formativas, y permiten a los trabajadores adquirir las competencias y habilidades necesarias para mejorar su empleabilidad y competitividad en el mercado laboral.

Resumen y enlace a los textos legales que regulan los certificados de profesionalidad y las especialidades formativas

En España, están regulados por diversos textos legales que establecen el marco normativo para su desarrollo, organización y evaluación. Los textos legales que regulan los certificados de profesionalidad y las especialidades formativas. De forma resumida son los siguientes:
1. Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. Esta ley establece el marco normativo básico de la formación profesional en España, definiendo las cualificaciones profesionales, los certificados de profesionalidad y las especialidades formativas.

Establece el marco normativo básico de la formación profesional en España, orientado hacia el desarrollo de competencias profesionales, la adaptación al mercado laboral y la mejora de la empleabilidad y la competitividad de los trabajadores. La ley define las cualificaciones profesionales, los certificados de profesionalidad y establece la necesidad de reconocimiento y acreditación de las competencias profesionales. La ley establece también la necesidad de accesibilidad y calidad de la formación profesional para todos los ciudadanos.

2. Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad. Este Real Decreto establece el procedimiento para la elaboración y la modificación de los certificados de profesionalidad, así como las características y los requisitos que deben cumplir estos certificados.

Establece el marco normativo para la creación, el desarrollo y la evaluación de los certificados de profesionalidad en España. Este Real Decreto define los certificados de profesionalidad como instrumentos de acreditación oficial de las competencias profesionales adquiridas por los trabajadores, y establece los requisitos y el procedimiento para la elaboración y modificación de estos certificados. También establece que los certificados de profesionalidad deben estar orientados a las necesidades del mercado laboral, ser accesibles a todos los trabajadores y estar actualizados y adaptados a los cambios del mercado laboral.

3. Real Decreto 189/2013, de 15 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad. Esta modificación establece nuevas reglas sobre la acreditación de la competencia profesional adquirida a través de la experiencia laboral y la formación no formal.

Introduce importantes cambios en el proceso de acreditación de la competencia profesional adquirida a través de la experiencia laboral y la formación no formal, y aumentando la flexibilidad en el diseño de los certificados de profesionalidad. Además, establece nuevos requisitos para los formadores y la creación de un Registro Nacional de Certificados de Profesionalidad. Todo ello con el objetivo de mejorar la calidad y la validez de los certificados de profesionalidad en España.

4. Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se establecen las directrices generales de los programas de formación profesional ocupacional. Este Real Decreto establece las directrices generales para el diseño y la organización de los programas de formación profesional ocupacional, incluyendo las especialidades formativas.

Establece las directrices generales para los programas de formación profesional ocupacional en España, orientados hacia las necesidades del mercado laboral y diseñados para mejorar la empleabilidad de los trabajadores. Los programas deben ser flexibles, adaptados a las necesidades de los trabajadores y las empresas, y deben cumplir criterios de calidad que garanticen la eficacia del proceso de formación. La colaboración entre los sectores productivos y los centros de formación es esencial para garantizar la adecuación de los programas de formación a las necesidades del mercado laboral.

5. Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad. Esta Orden establece las normas para la organización, el desarrollo y la evaluación de los certificados de profesionalidad, así como los requisitos para la acreditación de la competencia profesional adquirida a través de la experiencia laboral y la formación no formal.

La Orden establece los requisitos y procedimientos para la elaboración y modificación de los certificados de profesionalidad, así como los criterios para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales. Además, introduce medidas para mejorar la accesibilidad y la flexibilidad de los certificados de profesionalidad, y regula los procedimientos de acreditación de la experiencia laboral. Por último, establece la creación de un registro de entidades de formación acreditadas para garantizar la calidad de la formación y la validez de los certificados de profesionalidad.

6. Resolución de 23 de octubre de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de especialidades formativas establecidas por el Servicio Público de Empleo Estatal. Esta Resolución establece la relación de las especialidades formativas que se ofertan actualmente en el mercado laboral.

La resolución actualiza y mejora el catálogo de especialidades formativas para garantizar que los programas de formación se ajusten a las necesidades del mercado laboral, incluyendo nuevas especialidades formativas en sectores emergentes y simplificando la estructura de las mismas. La resolución establece también los criterios y procedimientos para la actualización y modificación de las especialidades formativas, garantizando que sean flexibles y adaptables a los cambios en el mercado laboral.

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Textos legales españoles relacionados con los certificados de profesionalidad explicados de forma resumida

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece el marco normativo básico de la formación profesional en España. La ley tiene como objetivo mejorar la calidad y la eficacia del sistema de formación profesional y garantizar la adaptación de los trabajadores a los cambios del mercado laboral.
La ley establece que la formación profesional debe estar orientada hacia el desarrollo de competencias profesionales, es decir, las capacidades que los trabajadores necesitan para realizar su trabajo de manera eficiente y eficaz. Además, la formación profesional debe estar orientada hacia las necesidades del mercado laboral, lo que implica una estrecha colaboración entre los sectores productivos y los centros de formación.
La ley define las cualificaciones profesionales como las unidades acreditables de competencia profesional, que permiten a los trabajadores realizar tareas y funciones concretas en el mercado laboral. Además, la ley establece que las cualificaciones profesionales deben ser objeto de reconocimiento y acreditación, lo que garantiza la calidad de la formación y la cualificación de los trabajadores.
La Ley Orgánica 5/2002 establece también la figura de los certificados de profesionalidad, que son documentos oficiales que acreditan la cualificación profesional de los trabajadores. Estos certificados se basan en las cualificaciones profesionales y están diseñados para responder a las necesidades del mercado laboral.
La ley establece que la formación profesional debe ser accesible a todos los ciudadanos, independientemente de su edad, género o situación laboral. Además, la formación profesional debe ser de calidad y estar orientada hacia la mejora de la empleabilidad y la competitividad de los trabajadores.

El Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad en España, establece el marco normativo para la creación, el desarrollo y la evaluación de los certificados de profesionalidad, que son documentos oficiales que acreditan la cualificación profesional de los trabajadores en un ámbito específico.
Este Real Decreto define los certificados de profesionalidad como instrumentos de acreditación oficial de las competencias profesionales adquiridas por los trabajadores, independientemente de cómo hayan sido adquiridas, ya sea por vía formal (a través de la formación reglada) o por vía no formal o informal (a través de la experiencia laboral o la formación no reglada).
El Real Decreto establece los requisitos y el procedimiento para la elaboración y modificación de los certificados de profesionalidad, incluyendo la necesidad de que sean desarrollados por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en colaboración con los sectores productivos y las comunidades autónomas.
El Real Decreto también establece que los certificados de profesionalidad deben estar compuestos por un conjunto de unidades de competencia, que son las partes acreditables y evaluables de una cualificación profesional. Cada unidad de competencia debe ser evaluada y acreditada de forma independiente, lo que permite a los trabajadores obtener la acreditación parcial de una cualificación profesional.
Además, el Real Decreto establece que los certificados de profesionalidad deben estar orientados a las necesidades del mercado laboral y deben estar actualizados y adaptados a los cambios del mercado laboral. También establece que los certificados de profesionalidad deben ser accesibles a todos los trabajadores, independientemente de su situación laboral, edad o género.

El Real Decreto 189/2013, de 15 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, introduce importantes cambios en el proceso de acreditación de la competencia profesional adquirida a través de la experiencia laboral y la formación no formal.
En concreto, este Real Decreto establece la posibilidad de acreditar la competencia profesional adquirida por vías no formales o informales mediante la realización de una prueba de evaluación. Además, se establece un procedimiento simplificado para la acreditación de la competencia profesional adquirida por vía de la experiencia laboral.
Este Real Decreto también introduce una mayor flexibilidad en el diseño de los certificados de profesionalidad, permitiendo la inclusión de unidades de competencia transversales a varias cualificaciones, lo que facilita la movilidad laboral de los trabajadores.
Asimismo, se establecen nuevos requisitos para los formadores que imparten formación en los certificados de profesionalidad, incluyendo la necesidad de acreditar la competencia docente y la experiencia laboral en el ámbito de la formación profesional.
Por otro lado, el Real Decreto 189/2013 establece la creación de un Registro Nacional de Certificados de Profesionalidad, que tiene como objetivo garantizar la calidad y la validez de los certificados de profesionalidad y facilitar el acceso a la información sobre los mismos.

El Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, establece las directrices generales para los programas de formación profesional ocupacional en España. Estas directrices se aplican a todos los programas de formación profesional ocupacional financiados por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y las comunidades autónomas.
El Real Decreto establece que los programas de formación profesional ocupacional deben estar diseñados para cubrir las necesidades de formación de los trabajadores y las empresas, y deben estar orientados hacia las necesidades del mercado laboral. Además, los programas deben estar diseñados para mejorar la empleabilidad de los trabajadores y su adaptación a los cambios del mercado laboral.
El Real Decreto establece que los programas de formación profesional ocupacional deben ser flexibles y adaptables a las necesidades de los trabajadores y las empresas, y deben estar diseñados para responder a las necesidades específicas de cada sector productivo.
El Real Decreto establece también los criterios de calidad que deben cumplir los programas de formación profesional ocupacional, incluyendo la necesidad de contar con formadores cualificados, el uso de metodologías pedagógicas adecuadas y la evaluación continua del proceso de formación.
Además, el Real Decreto establece la necesidad de colaboración entre los sectores productivos y los centros de formación para garantizar la adecuación de los programas de formación a las necesidades del mercado laboral.

La Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, tiene por objetivo desarrollar el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, con el fin de mejorar la calidad y la eficacia del proceso de acreditación de las competencias profesionales de los trabajadores en España.
La Orden establece los requisitos y procedimientos para la elaboración y modificación de los certificados de profesionalidad, así como la estructura y el contenido de los mismos. En concreto, se establecen los criterios para la definición de las cualificaciones profesionales y las unidades de competencia que componen los certificados de profesionalidad.
Además, la Orden establece los criterios para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales, incluyendo la necesidad de que los procedimientos de evaluación sean transparentes, objetivos y fiables.
La Orden también introduce medidas para mejorar la accesibilidad y la flexibilidad de los certificados de profesionalidad, como la posibilidad de acreditar las competencias profesionales adquiridas por vías no formales o informales, y la inclusión de unidades de competencia transversales a varias cualificaciones.
Otro aspecto importante de la Orden es la regulación de los procedimientos de acreditación de la experiencia laboral, lo que permite a los trabajadores acreditar su competencia profesional sin necesidad de haber recibido formación reglada.
Por último, la Orden establece la creación de un registro de entidades de formación acreditadas para impartir formación profesional para el empleo y certificados de profesionalidad, con el fin de garantizar la calidad de la formación y la validez de los certificados de profesionalidad.

La Resolución de 23 de octubre de 2020, de la Dirección General de Trabajo, establece la relación de especialidades formativas establecidas por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en España. Esta resolución tiene por objetivo actualizar y mejorar el catálogo de especialidades formativas para garantizar que los programas de formación se ajusten a las necesidades del mercado laboral.
La resolución establece un total de 731 especialidades formativas divididas en 26 áreas profesionales, desde la administración y gestión hasta la sanidad y servicios sociales. Cada especialidad formativa incluye una descripción detallada de las competencias y habilidades que los trabajadores adquirirán a través de la formación, así como los niveles de cualificación requeridos.
Entre las novedades introducidas por la resolución se encuentra la inclusión de nuevas especialidades formativas en sectores emergentes, como la ciberseguridad o la inteligencia artificial. Además, se han actualizado las especialidades formativas existentes para adaptarse a las necesidades del mercado laboral actual, y se ha simplificado la estructura de las mismas para hacerlas más comprensibles y accesibles para los trabajadores y las empresas.
La resolución también establece los criterios y procedimientos para la actualización y modificación de las especialidades formativas, garantizando que sean flexibles y adaptables a los cambios en el mercado laboral.

 

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